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La posición del Ministerio de Justicia:

En una nota informativa –donde se venían a recoger los mismos términos de la carta fechada el 23-1-2008 y dirigida por la Secretaría de Estado a cada uno de los miembros de la Carrera Fiscal- el Ministerio de Justicia expuso los argumentos por los cuales consideraba que no se estaba produciendo una congelación salarial en las retribuciones de las carreras judicial y fiscal.

La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia afirmaba que “de hecho, la subida salarial íntegra anual de los componentes de las carreras judicial y fiscal para el año 2008, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para este año, sea del 3’5%, incremento superior al que experimenta el resto del Sector Público”. La explicación dada a la afirmación anterior consistía en que “del incremento general del 2% correspondiente al complemento de destino, 0’5% se abonará mensualmente y el 1’5% restante se ha tomado como uno de los componentes de la subida que experimentan las pagas extraordinarias y se abonará de forma acumulada en los meses de junio y diciembre”.

La réplica asociativa:

La Unión Progresista de Fiscales, tras recabar opiniones de sus asociados y analizar en detalle las consecuencias efectivas del sistema adoptado por el Ministerio de Justicia, constató que el mismo estaba en realidad mezclando conceptos distintos: la equiparación de las pagas extraordinarias a la retribución ordinaria, y la actualización salarial anual en relación con el incremento del coste de la vida.

Desde nuestro punto de vista, el sistema establecido desde el Ministerio de Justicia –consistente, como se ha dicho, en incrementar el complemento en un 0’5% (frente al 2% del resto de funcionarios) y utilizar para alcanzar el 1’5% restante uno de los componentes de la subida que experimentan las pagas extraordinarias (dentro del proceso en curso para el incremento de las mismas hasta incluir el complemento de destino completo, equiparándolas a las pagas mensuales)- representa en la practica una congelación de las retribuciones (especialmente grave si tenemos en cuenta que más del 60% de las retribuciones judiciales corresponden al complemento de destino). Con todo ello, en definitiva, se está produciendo una evidente pérdida en nuestro poder adquisitivo, cuando nos hallamos en una coyuntura económica donde el IPC está subiendo por encima del 4%.

En suma, nos parece erróneo que se utilice el vigente proceso de incremento progresivo de las pagas extraordinarias hasta alcanzar en las mismas la totalidad del complemento de destino, para no adaptar al coste de la vida, como para el resto de funcionarios públicos, todos los conceptos que componen nuestra retribución.

La dúplica ministerial:

Ante las quejas recibidas en el Ministerio procedentes de las asociaciones de jueces y fiscales, el Secretario de Estado remitió el 29 de febrero una carta a las asociaciones donde propuso un encuentro para abordar dicha cuestión.

En dicha carta el Secretario de Estado se dio por enterado de nuestra posición consistente en que “el progresivo incremento de las pagas extras no disminuya los incrementos mensuales ordinarios de los demás conceptos retributivos” aunque vinculó su aceptación a que “la plena equiparación” [de las pagas extraordinarias al salario completo] “se demore más allá de 2010”, proponiendo pactar un calendario “compatible con las previsiones presupuestarias del Ministerio, lo cual parece un objetivo posible”. Añadiendo que “si encontramos un acuerdo en tales términos (equiparación más tardía, pero sin afectación de los aumentos mensuales), podemos buscar alguna fórmula para que los aumentos mensuales de este mismo ejercicio 2008, finalmente se produzcan o recuperen, total o parcialmente, en este mismo ejercicio si se puede, y de no ser así, en el ejercicio 2009”.

La situación actual:

A la vista de la carta dirigida por el Secretario de Estado a las asociaciones, la Unión Progresista de Fiscales y la Asociación de Fiscales decidieron unir sus esfuerzos en una cuestión tan relevante para la Carrera, y lo suficientemente objetiva y razonable como para orillar las diferencias que, en otras cuestiones y campos de nuestra actividad, nos separan.

De este modo se confeccionó una respuesta conjunta a dicha carta, donde se manifestó la disposición asociativa a aceptar la propuesta del Secretario de Estado consistente en evitar la congelación del complemento de destino a cambio de retrasar un año la equiparación de las pagas extras, si bien condicionándolo a una serie de premisas, a debatir en una reunión lo más inmediata posible. En concreto, la Unión Progresista de Fiscales y la Asociación de Fiscales han convenido los siguientes principios en relación con las propuestas del Ministerio de Justicia:

  • Que las pagas extraordinarias sean completas y que se perciba el 100% del complemento de destino en el mes de junio de 2010 para los Abogados Fiscales y en el mes de junio del año 2011 para los Fiscales.
  • Que una vez establecida en la Ley de Presupuestos del año 2008 la cuantía del complemento de destino a incluir en cada una de las dos pagas extras extraordinarias correspondientes a esta anualidad, en los tres años siguientes (2009, 2010 y 2011) se adicione a esa misma suma, un tercio de la cantidad restante en cada uno de los ejercicios, hasta alcanzar el 100% en junio de 201o, o junio de 2011 respectivamente.
  • Que el incremento del salario, antigüedad y complemento de destino se produzca en la misma forma que para el resto de la función pública, no debiendo confundir dicho incremento, acorde al del coste de la vida, con otro concepto distinto, como es la consecución progresiva de la equiparación de las pagas extraordinarias.
  • Que como el incremento del complemento de destino del año 2008 ha sido tan solo del 0,5%, mientras para el resto del sector público fue del 2%, el Ministerio de Justicia deberá compensar esta diferencia mediante una paga única que se haga efectiva en un plazo por determinar, pero en cualquier casoincorporada a la masa salarial del 2008, de forma que quede incluida en la suma global sobre la que se calcule el aumento salarial del año 2009.

Con independencia del debate que se ha reflejado en los párrafos anteriores, cabe recordar que en cualquier caso entramos en una fase crucial para nuestro sistema retributivo, puesto que conforme a la Disposición Adicional 1ª de la Ley 15/03, al objeto de facilitar la adecuación periódica de las retribuciones de los miembros de las carreras judicial y fiscal corresponde en este momento, una vez transcurridos cinco años de vigencia de dicha Ley, la reunión de la comisión prevista en dicha Disposición Adicional, formada por tres representantes del Ministerio de Justicia, tres del Ministerio de Hacienda, tres representantes del Consejo General del Poder Judicial, un representante de la Fiscalía General del Estado y tres representantes de las asociaciones profesionales de las carreras judicial y fiscal. La comisión tiene por objeto elevar al Gobierno, a través del Ministerio de Justicia, propuestas de revisión de las retribuciones adecuadas a los principios contenidos en la ley.

A este respecto, el Ministerio de Justicia se ha mostrado dispuesto a crear grupos de trabajo que avancen en las tareas de la Comisión antes mencionada, en los cuales estamos, por supuesto, prestos a participar.

El Secretariado de la Unión Progresista de Fiscales.
4 de marzo de 2008.

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