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Desde la Unión Progresista de Fiscales asistimos atónitos a las últimas reformas legislativas -Código Penal, Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana y Ley de Enjuiciamiento Criminal- cuya publicación y entrada en vigor en el último tramo de la legislatura se precipitan de forma incomprensible. Como venimos apuntando, estas iniciativas legislativas, rechazadas por la mayor parte de los juristas de nuestro país, inciden negativamente en los derechos fundamentales de los ciudadanos. Incluso, la reforma penal implantada -con la introducción de los delitos leves- conlleva una drástica reducción de las garantías del justiciable. Pero es más, el excepcional plazo de tres meses de vacatio legis establecido por la L.O 1/2015 para la entrada en vigor de la reforma del Código Penal no ha permitido realizar con tiempo a los operadores jurídicos un análisis riguroso y en profundidad de las modificaciones introducidas, muchas de las cuales -algunas de ellas debidas a graves errores técnicos del legislador- suponen serias disfunciones en el ejercicio diario de nuestra profesión, además de generar una indeseable carga de trabajo adicional cuando, en teoría, una de las finalidades de la reforma no era sino aliviar el volumen de la actividad de Juzgados, Tribunales y Fiscalías.

Por el contrario, otras muchas reformas, que dependen únicamente de la voluntad del Ministerio de Justicia y que supondrían una evidente mejora de nuestros derechos laborales en el desempeño cotidiano de nuestro trabajo, se aplazan sine die o quedan directamente en el olvido. En este contexto, resulta oportuno insistir -y así lo denunciamos públicamente- que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas aún adeuda a los funcionarios de la Administración de Justicia buena parte de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 y que, del mismo modo, el Ministerio de Justicia tiene pendiente de resolver reclamaciones efectuadas por el día de libranza no disfrutado tras la guardia y debe aclarar, además, qué ocurre con nuestros derechos pasivos en relación con otros cuerpos funcionariales del Estado.

Asimismo, la Unión Progresista de Fiscales quiere llamar la atención sobre otra cuestión fundamental que fue promesa y bandera del anterior Fiscal General del Estado, y que debería serlo de la actual,  cual es la pretendida autonomía del Ministerio Público y, en concreto, su autonomía presupuestaria. Así las cosas, la sujeción de la Carrera Fiscal al Ministerio de Justicia en materia de nombramientos, resoluciones, recursos y, especialmente, en cuestiones de índole presupuestaria, impiden que -en la práctica- el Ministerio Fiscal en España sea autónomo del poder ejecutivo.  Si a ello sumamos que la trasferencia en materia de provisión de medios materiales a las Comunidades Autónomas provoca indeseables diferencias entre Fiscalías, esa ansiada y necesaria autonomía resulta aún una mera quimera a la que, sin embargo, no estamos dispuestos a renunciar.

En Santiago de Compostela a 6 de julio de 2015

El Secretariado Permanente.

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