Ante los debates suscitados en la Administración de Justicia respecto de las sanciones disciplinarias que están estudiando imponer el Ministerio de Justicia y el Consejo General del Poder Judicial a, respectivamente, una Secretaria Judicial y un Magistrado, la Unión Progresista de Fiscales quiere manifestar lo que sigue:
1.- Ante todo, la necesidad de respetar los procedimientos disciplinarios en curso, que no pretenden otra cosa que determinar si concurrieron graves disfunciones en el ejercicio de sus cargos imputables a sus titulares. De ser así, resulta evidente que deberá imponerse la sanción que, valorados los hechos serena y razonadamente y prescindiendo del ruido mediático, resulte legalmente procedente. Cabe no obstante añadir que es injusto vincular dichas disfunciones, aunque se comprueben, con acontecimientos trágicos de todos conocidos.
2.- Todo servidor público está sujeto a responsabilidad, como mínimo disciplinaria, por el correcto ejercicio de su función, por lo queun riguroso y objetivo desarrollo de las actividades de inspección resulta imprescindible para el buen funcionamiento de las administraciones públicas. En el caso de Jueces, Fiscales y Secretarios Judiciales, la trascendencia que el correcto ejercicio de sus cargos tiene para los derechos ciudadanos justifica un mayor rigor, si cabe, en la exigencia de responsabilidad. Es hora ya de otorgar a los servicios de inspección la importancia y medios que merecen, estableciendo los mecanismos necesarios que con seriedad y rigor, lejos de todo formalismo superficial, permitan detectar y, en su caso, sancionar las disfunciones que se constaten objetivamente.
3.- Es cierto que existen graves déficit estructurales en la administración de justicia que los poderes públicos no han sabido hasta el momento corregir adecuadamente: interconexión informática a nivel del todo el Estado; diseño de programas informáticos de gestión específicamente adecuados a las concretas necesidades de Juzgados y Fiscalías y formación adecuada en su uso; estandarización e informatización de los mecanismos de seguimiento de ejecutorias, imputados rebeldes, medidas cautelares, antecedentes penales, etc. Dichos déficit son desde luego responsables de muchas y graves disfunciones, pero no de todas.
5.- No obstante, los inveterados y gravísimos déficit estructurales a los que se ha hecho referencia no pueden servir de eterna excusa para eludir las responsabilidades individuales en el defectuoso ejercicio de la función pública encomendada, ni para perpetuar injustificables inercias burocráticas a todos los niveles.
4.- El caso de los integrantes del poder judicial resulta especialmente sensible, pues hay que garantizar en todo caso la independencia en el ejercicio de su función jurisdiccional, y también excluir injerencias indebidas en la función disciplinaria de los órganos que constitucionalmente tienen atribuido el gobierno del tercer poder del Estado. No obstante, dicha independencia nunca debe ser tomada como sinónimo de irresponsabilidad sistemática, pues no puede haber independencia sin correlativa responsabilidad.
5.- Los paros y protestas que en determinados sectores se están proponiendo como reacción a las sanciones en estudio ofrecen una peligrosa imagen corporativista que, real o no, la sociedad difícilmente puede comprender. Por otra parte desvían el debate de su núcleo, que es la necesidad de constatar desapasionadamente si ha habido o no incorrecto ejercicio del cargo por parte de los afectados.
6.- Tampoco contribuyen a serenar el debate y a avanzar en el camino de una seria y rigurosa configuración de la exigencia de responsabilidad a los profesionales de la Justicia, las declaraciones que desde medios gubernamentales se han realizado en favor de una u otra opción disciplinaria. Dichas declaraciones, con independencia de su inoportunidad, ofrecen una imagen, real o no, de injerencia en los procedimientos en curso, que lo único que en definitiva produce es inquietud social.
En Barcelona, a los 20 días del mes de octubre de 2008.
El Secretariado de la Unión Progresista de Fiscales.