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  • Se desdoblarán las fiscalías provinciales en las capitales sedes de los Tribunales Superiores de Justicia de todas las CCAA pluriprovinciales. En las uniprovinciales se optará por el desdoblamiento allí donde sea preciso
  • Los actuales fiscales jefes de los Tribunales Superiores de Justicia pasan a denominarse fiscales superiores de las Comunidades Autónomas, con categoría equiparada a la de los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia
  • Se constituyen las fiscalías de área de Algeciras, Jerez de la Frontera, Ceuta, Melilla, Gijón, Mérida, Santiago de Compostela, Vigo, Cartagena, Elche/Elx, Alcalá de Henares, Móstoles, Getafe-Leganés, Sabadell, Granollers y Terrassa
  • El próximo 21 de enero de 2008 tendrán efectividad todas las plazas de nueva creación previstas y será entonces cuando queden formalmente constituidas las fiscalías de las Comunidades Autónomas y las fiscalías de área
  • La plantilla de la carrera fiscal quedará formada por 2.178 efectivos, distribuidos en: primera categoría, 23 fiscales de sala; segunda, 1.588 y tercera, 567

 

28 de diciembre de 2007.-  El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, un Real Decreto por el que se despliega parcialmente la nueva estructura del Ministerio Fiscal y se establece su plantilla orgánica para 2008. El proyecto consta de seis artículos, dos disposiciones transitorias, dos disposiciones finales y un anexo que especifica la plantilla del Ministerio Fiscal.
El artículo 1 determina la constitución de las fiscalías de las CCAA, con desdoblamiento de las fiscalías provinciales en las capitales sedes de los Tribunales Superiores de Justicia de todas las CCAA pluriprovinciales. En aquellas CCAA uniprovinciales se optará por el desdoblamiento allí donde sea preciso por razón de la carga de trabajo y las competencias asumidas. De este modo, en aquellas capitales de provincia que, siendo sede de los Tribunales Superiores de Justicia se cree una fiscalía provincial, se dota a éstas de las plazas de fiscal jefe y teniente fiscal.

Por otra parte, los actuales fiscales jefes y tenientes fiscales de los Tribunales Superiores de Justicia pasan a denominarse, respectivamente, fiscales superiores de las Comunidades Autónomas, con categoría equiparada a la de los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia, y tenientes fiscales de la fiscalía de las Comunidades Autónomas.

Asimismo, se establecen las secciones territoriales en las fiscalías de las CC.AA en aquellas capitales de provincia en las que por existir sala desplazada del Tribunal Superior de Justicia se ha estimado procedente:

  • Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Sección Territorial de Málaga y Sección Territorial de Sevilla.
  • Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Canarias: Sección Territorial de Santa Cruz de Tenerife.
  • Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Castilla y León: Sección Territorial de Valladolid.

Igualmente, se ponen en marcha las primeras 16 fiscalías de área y las correspondientes plazas de fiscal jefe. Así, se constituyen las fiscalías de área de Algeciras, Jerez de la Frontera, Ceuta, Melilla, Gijón, Mérida, Santiago de Compostela, Vigo, Cartagena, Elche/Elx, Alcalá de Henares, Móstoles, Getafe-Leganés, Sabadell, Granollers y Terrassa.

Además, se crean 74 plazas de fiscales de segunda categoría: 7 adscritas a los fiscales de sala delegados de la Fiscalía General del Estado y las 67 restantes se asignan de la siguiente forma:

  • 65 entre las 11 fiscalías de las Comunidades Autónomas en las que se han desdoblado las fiscalías provinciales, las secciones territoriales de esas fiscalías de Comunidad Autónoma, las propias fiscalías provinciales desdobladas y las fiscalías de área.
  • Las otras dos plazas de fiscales de segunda categoría han sido asignadas a las fiscalías de las Comunidades Autónomas de Baleares y Murcia, dada la importante carga de trabajo que soportan sus Tribunales Superiores de Justicia.
Comunidad Autónoma Plazas
Andalucía

11

Aragón

3

Asturias

1

Illes Balears

1

Canarias

4

Castilla la Mancha

3

Castilla y León

4

Cataluña

9

Extremadura

4

Galicia

6

Madrid

10

Murcia

2

Valencia

6

País Vasco

3

TOTAL

67

Todas las plazas de nueva creación tendrán efectividad el próximo el 21 de enero de 2008. Será en esa fecha cuando queden formalmente constituidas las fiscalías de las Comunidades Autónomas y las fiscalías de área, de modo que hasta entonces no se producirá el cambio automático de denominación de los fiscales jefes titulares de las actuales fiscalías de TSJ por la de fiscales superiores de CCAA, en cumplimiento de la DT 8ª del nuevo Estatuto Orgánico. El coste económico de las nuevas 74 plazas para  este ejercicio presupuestario es de 5.403.070,33 euros.

De esta forma, la plantilla de la carrera fiscal quedará constituida por 2.178 fiscales, distribuidos en las siguientes categorías:

  • Primera categoría: 23 fiscales de sala, de los que el teniente fiscal del Tribunal Supremo tiene la consideración de presidente de sala de dicho tribunal.
  • Segunda categoría: 1.588.
  • Tercera categoría: 567.

Para la elaboración de este Real Decreto han sido consultados el Consejo Fiscal, las Comunidades Autónomas afectadas por el aumento de plantilla (Asturias, Aragón, Cataluña, País Vasco, Madrid, Galicia, Valencia, Canarias y Andalucía) y la Asociación de Fiscales (AF), la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) y la Unión Progresista de Fiscales (UPF).

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