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La UPF, examinado el Auto de la Sala de Apelaciones del TS, de fecha 29-07- 2025, por el que, de un lado se acuerda el sobreseimiento libre respecto de la Fiscal Jefa Provincial de Madrid; así como, por otro lado, se confirma la continuación del procedimiento respecto del Fiscal General del Estado, por un delito derevelación de secretos, considera imprescindible realizar las siguientes consideraciones:

· Respecto del sobreseimiento libre de la causa en relación a la Fiscal Jefa Provincial de Madrid.

Desde el mes de octubre, momento en que el TS abrió este procedimiento, UPF llevaba reclamando el archivo de la causa respecto de la compañera fiscal de Madrid. Sostuvimos desde el principio que lo que sepresentaba como indicios de su supuesta participación concertada en un delito con el FGE, no era más quela simple explicación de cómo debe funcionar la institución del Ministerio Fiscal en cualquier asunto derelevancia pública: dar cuenta y cumplir con las instrucciones del superior jerárquico para que el Ministerio Fiscal dé como institución la respuesta correspondiente más solvente.

Han tenido que pasar 10 meses, indudablemente de enorme sufrimiento para esta profesional, para que, por fin, se reconozca por unanimidad que el comportamiento de la fiscal fue IRREPROCHABLE.

Por el camino, esta compañera, ha tenido que leer, entre otras cosas, un escrito de acusación presentado, ni más ni menos que por una asociación de fiscales, donde por cumplir con su trabajo, le solicitaban una penade 4 años de prisión y 12 de inhabilitación profesional.

Nuestra enorme satisfacción por la resolución judicial de ayer, nuestra inmensa alegría de que se hayapuesto fin al injustísimo calvario que ha soportado durante este tiempo, nuestro público reconocimiento a una magnífica profesional que siempre ha dado lo mejor de sí para la fiscalía y la justicia y nuestra llamadaa la reflexión y a la autocrítica de que esta compañera no haya sentido el arrope de todos nosotros.

· Respecto de la confirmación de la continuación del procedimiento penal para el FGE por delito de revelación de secretos.

La UPF discrepa frontalmente con la decisión adoptada por resolución judicial de continuar el procedimiento penal respecto del FGE. No obstante la UPF quiere detenerse tanto en la fundamentacióndel auto como sobre todo, en la

aparición de una voz judicial discrepante, que coincide con quien era el ponente inicial del asunto.

De un lado, al margen de nuestra profunda discrepancia con el fondo de la decisión, queremos destacarque la Sala de Apelaciones por unanimidad vuelve a corregir al instructor (ya lo hizo al descartar laconnivencia de la Fiscal Jefa de Madrid con el FGE) descartando y desmintiendo absolutamente cualquierindicio de que el FGE recibiera cualquier tipo de directrices o indicaciones con origen en la Moncloa. Seríabueno que muchas personas tomaran buena nota de este dato. No es una opinión es un hecho jurídico.

Por otro lado, entrando en el fondo, analizados con detenimiento tanto el auto, como el voto particular, con más fuerza que nunca UPF reitera todos los argumentos que hemos sostenido en los distintos y numerososcomunicados que hemos elaborado al respecto y que entendemos que ahora tienen un claro y contundente respaldo judicial, que si bien ahora ha sido minoritario, estamos convencidos que finalmente será el asumido por el TS.

Frente a un Auto que para confirmar el procesamiento sólo puede moverse siempre en el terreno de las sospechas, elucubraciones y especulaciones, nos encontramos con un voto particular que desciende aldetalle, analiza el contexto y se basa en elementos enteramente objetivos. Con todo ello llega a la conclusión de que no existe indicio alguno que permita abrir juicio oral al FGE. El voto particular llega a decirque no se puede exigir al FGE, por ser investigado, que pruebe su inocencia. UPF cree que en esta frase está resumido el que, entendemos, ha sido el desafortunado devenir de este procedimiento desde su comienzo: partir de una presunción de culpabilidad incompatible con el Estado de Derecho.

Por ello hoy queremos afirmar nuestra absoluta convicción en la plena inocencia del FGE. Así mismo, manifestamos que su resistencia no sólo representa la manifestación de la dignidad de un hombre inocente,sino también, en este caso, la construcción de un blindaje para todos y cada uno de las/los fiscales de España, cuando sean atacados por el mero hecho de actuar en el ejercicio de su profesión.

Sevilla, Bilbao, Málaga, Barcelona, Almería y Madrid a 30 de julio de 2025

El Secretariado de la Unión Progresista de Fiscales

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