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CHoy, 26 de febrero de 2019, el Grupo Parlamentario Confederal de UNIDOS PODEMOS-EN COMÚ PODEM-EN MAREA ha retirado su Proposición de Ley de derogación del plazo máximo previsto para la instrucción, imaginamos que hastiados de comprobar cómo el plazo de presentación de enmiendas ha sido prorrogado hasta en 64 ocasiones por la manifiesta y patente voluntad de los Grupos Parlamentarios Popular y Ciudadanos de boicotear su aprobación y la consecuente derogación del artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

El citado precepto fue introducido en 2015 por el Ministerio de Justicia del Gobierno Popular, liderado por el entonces ministro Rafael Catalá, y pese a la crítica unánime que suscitó por parte de todas las asociaciones de fiscales y jueces, la reforma conocida como Ley de punto final entró definitivamente en vigor el 6 de diciembre de 2015.   La impunidad derivada de esta reforma no tardó en llegar aunque tuvieron que ser sonados casos de corrupción política los que consiguieran que el foco mediático iluminase ante la opinión pública las nefastas consecuencias de la fijación de un plazo tasado de instrucción en el procedimiento penal español que, a diferencia de la mayoría de países occidentales, sigue anclado en la obsoleta figura del juez instructor. El caso Pasarelas en Murcia, el caso Colina rojaen Granada, el caso Conservatorio en Ceuta o el caso de la Federación Española de Baloncesto son ejemplos de presunta corrupción que han quedado impunes como consecuencia de los plazos de instrucción. Pero no solo la corrupción y los presuntos corruptos se benefician de la reforma del ex ministro Catalá. Todo tipo de delincuencia se aprovecha de una reforma que, lejos de acelerar nuestra justicia penal, dificulta y entorpece sumamente su labor.

Pese al compromiso de derogación asumido hace escasos meses ante los representantes de todas las asociaciones de fiscales y jueces por el Presidente del Partido Popular -Pablo Casado-, la pasada semana su Grupo Parlamentario ensalzó en el Congreso de los Diputados las “bondades” de los plazos de instrucción y rechazó su derogación. Queda claro, pues, el nulo interés que los Grupos Parlamentarios Popular y Ciudadanos tienen en poner fin a la impunidad que el artículo 324 genera.

Por consiguiente, ante la retirada de su Proposición de Ley por el Grupo Parlamentario de PODEMOS y siendo éste el único obstáculo para recurrir al Decreto Ley que la Ministra de Justicia comunicó el 31 de enero a todas las asociaciones profesionales, reclamamos públicamente al Gobierno de España que en la próxima reunión del Consejo de Ministros se apruebe un Real Decreto Ley que derogue el citado precepto en consonancia con la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Socialista y aprobada por amplia mayoría en el Congreso de los Diputados el 13 de noviembre.

La necesidad no es urgente, es imperiosa, y hay tiempo suficiente para aprobar y convalidar un Real Decreto que se limite a derogar un precepto funesto para la justicia española: el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Porque la impunidad no puede seguir campando a sus anchas por la pasividad de nuestros gobernantes. Revelador es el retrato de quienes nada han hecho hasta ahora por acabar con ella. 

Secretariado Permanente de la UPF

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