Hemos sido notificados de la sentencia de 21 de febrero de 2022 que resuelve el procedimiento de conflicto colectivo por el que la APIF demandaba al Ministerio de Justicia, la Fiscalía General del Estado y las comunidades autónomas con competencias transferidas, solicitando la nulidad del Manual de Prevención de Riesgos Laborales para la Administración de Justicia de 14 de diciembre de 2014.
En relación a esta sentencia, que adjuntamos, desde la Unión Progresista de Fiscales, compartimos con vosotros la siguiente información:
1.- El día 24 de octubre de 2020 se constituyó la Comisión Institucional de Prevención de Riesgos Laborales del Ministerio fiscal en la cual nos encontrábamos presentes las tres asociaciones de fiscales. Esta comisión tenía como objeto la elaboración de un Convenio de Prevención de Riesgos Laborales con obligaciones para el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado que completara las especificidades propias de la carrera fiscal en esa materia.
2.- La APIF, de forma unilateral, y sin consultar previamente con el resto de las asociaciones de fiscales, sabiendo que ya se había elaborado el último borrador consensuado por todas las partes, decidió salirse de este marco de negociación para interponer su demanda.
3.- Conocida la demanda, la UPF guardó un respetuoso silencio a pesar de que sabíamos que la acción unilateral de la APIF ponía en riesgo la consecución del único instrumento que podía contemplar nuestras especificidades como carrera: el Convenio de Prevención de Riesgos Laborales con obligaciones para el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado y que, además se arriesgaba, sin necesidad, a un pronunciamiento, muy perjudicial para nuestros intereses, como el que contiene la sentencia cuando dice: «No existe razón alguna por la que los miembros de la carrera fiscal deban tener un plan de prevención distinto del elaborado por el Ministerio de Justicia«.
4.- La demanda, y por lo tanto, la sentencia, ha puesto en peligro el convenio que desde hace años veníamos reclamando y negociando desde la fiscalía. La UPF ha sido escrupulosamente respetuosa con la actuación de todas las partes y con el procedimiento judicial en curso, hasta el punto de que ni siquiera hemos contestado a las descalificaciones directas y a las mentiras, que la APIF ha vertido sobre nuestra asociación. La UPF es una asociación rigurosa y, como tal, su postura en este procedimiento fue estrictamente jurídica y ajustada a derecho. En esta línea, además, guardamos un respetuoso silencio aun cuando considerábamos que la APIF protagonizaba una acción mal estructurada, confusa y nociva para los intereses de la carrera.
5.- A pesar de la imprudencia de la APIF, se puede celebrar que, como resultado del trabajo realizado por la Comisión de Prevención de Riesgos Laborales en la Fiscalía General del Estado, el día 21 de febrero, se aprobó y firmó el Convenio de Colaboración entre el Ministerio fiscal y el Ministerio de Justicia en materia de Prevención de Riesgos Laborales especifico para la carrera fiscal.
6.- También ha sido decepcionante para la UPF la postura de la Asociación de Fiscales, por el nulo respeto a nuestra posición y sobre todo la falta de perspectiva jurídica ante las posibles consecuencias de una sentencia desestimatoria. Esperábamos una visión más elevada de los intereses de la carrera.
Las Palmas de Gran Canarias a 4 de marzo de 2022
El Secretariado de la Unión Progresista de Fiscales