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La Unión progresista de Fiscales, acusamos recibo de la carta remitida a nuestra asociación en el dia de hoy, por el Ministro de Presidencia, Justicia y relaciones con las Cortes, en relación al Proyecto de Ley Orgánica para la ampliación y fortalecimiento de las Carreras Judicial y Fiscal aprobado recientemente por el Consejo de Ministros .

Como ya manifestamos en comunicado de fecha 22 de enero de 2025, esta reforma resulta del todo imprescindible a fin de garantizar que la plantilla y medios de las carreras permitan asumir los retos de la Justicia del Siglo XXI y la previsible aprobación de una nueva Ley de Enjuiciamiento criminal que atribuya al Ministerio Fiscal la instruccion de las causas penales.

Y en este sentido el Secretariado de la Upf siempre ha estado al Servicio de la Carrera Fiscal, para intentar aportar con nuestro trabajo a la mejora de la carrera.

  1. Nos complace que se elimine la prevision relativa al ascenso forzoso que pusimos de manifiesto en nuestro comunicado y que dificultaba considerablemente la conciliación familiar, y obligaba a los compañeros que ascendieran a volver a retrasar injustamente su proyecto vital y familiar, después de un largo proceso de oposiciones.
  2. Manifestamos que la medidas de restricción de financiación de las asociaciones judiciales y fiscales, a las cuotas de los afiliados y a los fondos públicos suponen un refuerzo de la independencia de las asociaciones. Ese sistema público de ayudas ha de gozar de la máxima transparencia , publicidad y reparto justo entre todas las asociaciones que tengan una suficiente representatividad en las carreras.
  3. En cuanto a la Mejora del sistema de acceso: entendemos que constituye un avance entransparencia y objetividad el hecho de que los exámenes orales sean grabados y la prueba escrito y tipo test anónimizada para garantizar la objetividad en la corrección.
  4. En cuanto al sistema de Becas SERÉ son una aspiración histórica de UPF, es una herramienta fundamental para que las razones económicas nunca más supongan el muro que impida a una persona iniciar el camino de preparación de las oposiciones. Por ello, esta decisión contribuye de forma muy importante a garantizar elprincipio de igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública.
  5. El Centro de Estudios Jurídicos asumirá la función de centro público de preparación de oposiciones nos parece que es de lógica que su uso sea optativo, y que los opositores puedan elegir este recurso o el que les ofrecen preparadores particulares.

    Este cambio de modelo debe ir acompañado de una autonomía presupuestaria para el Ministerio Fiscal y de una nueva Escuela de Fiscales.
  6. Nos parece correcta la limitación de antigüedad a 5 años de servicios para quienes accedan por elcuarto turno, solamente a los efectos del acceso a cargos de carácter discrecional, nombrados por el Consejo General del Poder Judicial, y no a otros efectos.
  7. En relación al proceso extraordinario de estabilización de sustitutos.

    El reciente anteproyecto de ley orgánica para la modificación de la LOPJ y para la ampliación y fortalecimiento de las carreras judicial y fiscal, prevé la modificación del ar 37 del Estatuto del Ministerio Fiscal.

    Art 37.3 queda redactado así:

    “3. Quienes accedieran a la categoría de fiscal sin pertenecer con anterioridad a la Carrera Fiscal se incorporarán al escalafón inmediatamente a continuación del último fiscal que hubiese accedido a la categoría. Se les reconocerá a todos los efectos cinco años de servicios prestados en la categoría de Abogado Fiscal.”

    Como ya manifestamos en nuestra anterior carta, compartiamos la preocupación de las últimas promociones de abogados fiscales respecto de la incardinación en el escalafón de la Fiscalía de aquellos abogados fiscales sustitutos que aprueben el concurso oposición.Y nos parece correcta la precisión de que el acceso por esta vía no suponga concesión de antigüedad.

    Pero nos parece insuficiente por dos motivos:

    A). Porque este sistema de acceso no sólo tiene que ser “extraordinario” sino “único”, y en modo alguno puede convertirse en una forma habitual de acceso a las carreras judicial y fiscal, por tanto eso pasa por la eliminación del sistema de sustituciones tal cual está concebido en la actualidad.

    B).Asimismo manifestamos nuestra preocupación por aquellos abogados sustitutos que durante años han servido a la administración de Justicia y que puedan no superar la fase de concurso oposición.

  8. La previsible reforma de la LECRIM para atribuir la instruccion al Ministerio Fiscal

    Hace que ahora más que nunca sea absolutamente imprescindible realizar una valoraciónexhaustiva de las necesidades de plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, así como de la oficina Fiscal para abordar todos estos cambios de modelo organizativo y dotar al Ministerio Púbico tanto de medios materiales como de una plantilla suficiente que permita garantizar el cumplimiento de su labor.

La población española en 2024 se ha visto incrementada en un total de 48.797.875 habitantes. Lo que deja una media de 5,6 fiscales por cada 100.000 habitantes. Media muy alejada de las cifras de países vecinos como Portugal en el que la Fiscalía asume la instrucción de los procedimientos penales y cuentan con una plantilla de 14,23 fiscales por cada 100.000 habitantes, o Alemania que cuenta con 6,47 fiscales por cada 100.000 habitantes.

Si atendemos a la plantilla de las oficinas fiscales, o persona de apoyo a la fiscalía, los datos vuelven a ser absolutamente vergonzantes así mientras que  Portugal es el que cuenta con un número de personal más elevado, 29 por cada 100.000 habitantes, seguido por Alemania con 21, Italia con 18 y, nuestro país ocupa el último lugar con tan solo 9.

Esta situación merece destacarse en cuanto a que apunta a una cierta disfunción en la organización interna de la fiscalía española, pues no contar con personal de apoyo suficiente supone sobrecargar a los fiscales con tareas (de tipo burocrático, estadístico, organizativo, etc.) que pueden resultar ajenas a sus funciones propias.

El informe de la Comisión Europea sobre el Estado de Derecho en España de fecha 24 de julio de 2024 ya apuntaba a que el número de jueces por habitante seguía siendo de las más bajas de Europa. Y el CGPJ en su Plan Estratégico para el decenio 2023-2032 señalaba la necesidad crear unas 315 nuevas plazas.

El informe del CGPJ sobre la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal aprobado en diciembre de 2024, destaca que la responsabilidad de la instrucción de los procesos penales pase de los jueces a los fiscales.Enfatizando la necesidad de abordar reforma el consiguiente incremento de plantilla de la Carrera fiscal.

El cambio de modelo se ha de adoptar haciendo una exhaustiva previsión de las necesidades de plantilla de la carrera Fiscal y su oficina Fiscal de apoyo.

Una de las fórmulas para hacer ese cambio de responsabilidades pasaría por permitir el cambio de carrera de un número de determinado de jueces y magistrados que quisieran seguir asumiendo tareas de instrucción.

Por tanto reclamamos que esta reforma venga acompañada de:

  1. La necesaria autonomía presupuestaria para el Ministerio Fiscal y de una nueva Escuela de Fiscales.
  2. Una valoración exhaustiva de las necesidades de plantilla orgánica del Ministerio Fiscal, así como de la oficina Fiscal para abordar todos estos cambios de modelo organizativo y dotar al Ministerio Púbico tanto de medios materiales como de una plantilla suficiente que permita garantizar el cumplimiento de su labor.
  3. Que el llamado proceso “extraordinario “ ,no sólo tiene que ser “extraordinario” sino “único”, y en modo alguno puede convertirse en una forma habitual de acceso a las carreras judicial y fiscal, por tanto eso pasa por la eliminación del sistema de sustituciones tal cual está concebido en la actualidad. Articulando procesos de sustitución interna que garanticen la calidad del servicio público.
  4. El sistema público de ayudas ha de gozar de la máxima transparencia , publicidad y reparto justo entre todas las asociaciones que tengan una suficiente representatividad en las carreras.

En Barcelona, Málaga, Bilbao, Madrid, Sevilla y Almería, a 22 de mayo de 2025. El Secretariado de la UPF

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